¿En qué consiste el beneficio de licencia médica?
Es el permiso que le otorga un médico u otro profesional de la salud (dentista o matrona), a una persona por enfermedad o incapacidad laboral. Es un derecho que tiene un trabajador dependiente o independiente de ausentarse o reducir su jornada de trabajo durante un determinado período mientras dure el reposo. Este instrumento permite que el trabajador reciba el subsidio por incapacidad laboral que consiste en el pago de la remuneración o renta que le corresponda, mientras se encuentra convaleciente.
¿Cuáles son los requisitos que deben cumplir una persona para acceder al subsidio por incapacidad laboral?
Que tenga una licencia médica prescrita por un médico, cirujano dentista o matrona. Si es un trabajador dependiente, para tener derecho al subsidio de incapacidad laboral se requiere un mínimo de seis meses de afiliación al sistema previsional (AFP o INP), además de tres meses de cotizaciones previsionales previos a la fecha de inicio de la licencia médica.
Si es un trabajador independiente: tener 12 meses de afiliación previsional (AFP o INP) anteriores al mes en que se inicia la licencia y al menos 6 meses de cotizaciones continuas o discontinuas en un período de un año de afiliación previsional anterior al mes que se inició la licencia.
¿Qué hacer en caso de que Fonasa o la Isapre rechace la licencia médica?
Si el trabajador está afiliado a una Isapre puede apelar a la Comisión de Medicina Preventiva e Invalidez(Compin), en un plazo máximo de 15 días hábiles contados desde la recepción de la carta que notifica el rechazo. Si, luego, la Isapre no cumple con lo establecido por la Compin, puede acudir a la Superintendencia de Seguridad Social (Suseso).
Si el empleado es afiliado a Fonasa y la Compin rechaza su licencia médica debe apelar directamente en la Suseso.