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Ley de etiquetado en colegios: una sana convivencia
Pese a que con la nueva normativa de consumo de alimentos en establecimientos educacionales genere duda, desde el Ministerio de Salud, salen al paso y dicen que la venta de empanadas, brochetas o carne no está restringida como se cree.
Martes 13 de septiembre de 2016
“La aplicación de la ley en su justa medida”. Esa es la consigna del Ministerio de Salud para la puesta en marcha de la Ley de Etiquetado de Alimentos en colegios donde haya celebraciones masivas, como las pasadas Fiestas Patrias.
Lo anterior, dado que muchos establecimientos educacionales de enseñanza básica y media contemplan diversas actividades de celebración para este 18, lo que incluye venta y consumo de comida y bebidas que podrían estar dentro de las prohibiciones que la ley establece para ser distribuidas en estos recintos.
Al respecto, la jefa del Departamento de Alimentos y Nutrición del Ministerio de Salud (Minsal), Lorena Rodríguez, aclara las dudas en torno al tema y pone tranquilidad para estas celebraciones escolares.
Dice que la ley “no tiene nada que ver con el consumo”, por lo tanto, la gente puede consumir lo que quiera. “Esto (ley) no tiene que ver con consumo, sino con información nutricional respecto a la calidad de los alimentos”, añade.
Comenta también que las prohibiciones son de dos tipos: la publicidad dirigida a niños de los alimentos adicionados que superen los límites, y la venta y promoción de alimentos 'altos en' al interior de los establecimientos educacionales de básica y media. Las universidades están excluidas.
“Lo que está prohibido es la venta de los alimentos adicionados de azúcares, sodio, grasas saturadas y que superen los límites de calorías, azúcares, sodio y grasas saturadas. Las calorías se miran, sí y sólo sí han sido adicionados azúcares y grasas saturadas. Entendiendo eso, lo que está prohibido en las escuelas para venta en cualquier época del año, sea 18 o no, es la venta de los alimentos adicionados de algunos de estos nutrientes críticos y que además superan los límites”, asegura.
Se puede consumir
Según Rodríguez, en fiestas como el 18 de septiembre, uno de los alimentos que más se consumen son las brochetas de carne. “La carne no está adicionada con nada, así que no hay problemas. A las brochetas a veces se les agrega pimentón, zanahoria o cebolla, pero ninguno de estos está adicionado. No hay ningún problema”.
En el caso del asado de pollo o carne con agregado de ensalada de tomate con cebolla y otras, “tampoco hay ningún problema porque las ensaladas y frutas que son naturales están excluidas de la ley”, puntualiza.
Respecto a las empanadas, la jefa de nutrición y alimentos del Minsal asegura que “la mayor parte de las de horno –recordando que los límites de la ley son por 100 gramos- no superan los límites establecidos, porque es una preparación culinaria que tiene carne, cebolla y harina, y la mayoría de las mediciones que nosotros hemos hecho de empanadas de horno no superan los límites de calorías ni grasas saturadas ni sodio, y por lo tanto, cumplen con la regulación y no hay problema en su venta”.
De todas maneras, precisa, “el desafío para los establecimientos educacionales es generar ideas creativas para poder pasar Fiesta Patrias y otras fiestas lo más saludable posible. El desafío es para los establecimientos educacionales, como brochetas de frutas o jugos naturales”.
Consumo con responsabilidad
Según Lorena Rodríguez, en el Ministerio de Salud “no estamos llamando a hacer restricciones especiales, sino solamente a cumplir con la ley y en las fondas se puede vender y consumir todo lo que se quiera porque esto no es una restricción ni a la venta ni consumo, aunque el llamado siempre es a no exagerar ni sobrepasarse. No estamos llamando a ponerse a dieta en la semana del 18 ni mucho menos”.
Acota que si se están vendiendo en el contexto escolar, “obviamente no se pueden vender alimentos que superen los límite”, pero la mayor parte de los alimentos tradicionales que se venden para el 18 no superan los límites.
Respecto a los incumplimientos que podrían caer estos recintos, "están sujetos a sanciones. Cuando es primera vez es una amonestación, pero cuando es repetitivo y severo es hasta el decomiso del alimento o cierre del lugar, cosa que obviamente no va a ocurrir acá porque es primera vez (de la aplicación de la ley) y porque hacemos la fiscalización con enfoque de riesgo y evidentemente una celebración de Fiestas Patrias no es el foco de riesgo. Lo que nos preocupa es el consumo diario y repetido, pero por una fiesta por una vez al año, no es foco de fiscalización”, sentencia la autoridad.
A continuación, una tabla para tener claridad de las calorías de alimentos y bebidas dieciocheras: