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Integración de clínicas e isapres genera alza de 19% en precios
Según informe de la Superintendencia de Salud que abordó los efectos de esta práctica en el sistema privado de salud. En el documento se advierte de los vacíos legales que actualmente existen. Al respecto, la institución reguladora ha señalado que es necesario introducir cambios normativos, lo que podría incluir la fijación de precios.
Martes 5 de diciembre de 2017
La Superintendencia de Salud publicó un dossier sobre el efecto de la integración vertical en el sistema privado de salud que es un compilado de cuatro estudios que analizan las distintas perspectivas de esta práctica: una radiografía de la industria aseguradora y prestadora; el comportamiento del mercado y el efecto sobre el gasto de bolsillo de los usuarios del sistema.
Dentro de las preguntas que se formularon se mencionan: ¿Cuánto sabemos realmente sobre la integración vertical entre las isapres y los prestadores de salud privados? ¿Tenemos en nuestro país una legislación que regule esta práctica específica? ¿qué sabemos sobre integración vertical en el sistema privado de salud chileno?
Uno de los principales resultados de este informe es que una persona que se atiende en una clínica vinculada a una isapre (a través de la integración vertical), su prestación es 19% más cara que aquella que consulta en un centro médico donde su aseguradora tiene convenio.
"Los resultados muestran que, en general, para la resolución de estos problemas de salud hospitalarios, en condiciones de precios base y coberturas similares, los beneficiarios de otras isapres que se atienden en los prestadores del holding (vía convenio), en promedio tienen un gasto de bolsillo un 19% menor que los beneficiarios de las isapres vinculadas al prestador (holding)", dice el documento.
El informe agrega "la alternativa de convenio, en general, es más beneficiosa para los usuarios en términos de gasto de bolsillo (copago) y cobertura efectiva para la resolución de problemas de salud hospitalarios, que la opción de integración vertical".
En cuanto a los beneficios de esta práctica económica en el informa se señala que: fomenta las inversiones, disminuye los costos de transacción entre seguro y prestador; mejora la capacidad negociadora del seguro; evita el riesgo moral, entendido como el sobrconsumo de prestaciones de salud.
Sobre los aspectos negativos menciona: tendencia a la concentración de los prestadores, generación de barreras de entrada y disminución de la competencia en base a calidad.
Respecto de estos resultados, la Superintendencia de Salud, ha señalado la necesidad de impulsar la regulación de precios para garantizar mayor transparencia del sistema y proteger al beneficiario.