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Femicidios: una voz de alerta
Este delito es la forma más extrema de violencia contra las mujeres y es una muestra de que en nuestras sociedades todavía se cree que los hombres tienen derecho a controlar la libertad y la vida de las mujeres.
Viernes 8 de febrero de 2019
En lo que va de este año 2019, lamentablemente se han registrado en el país varios femicidios consumados y otros tantos frustrados. Es por esto que es necesario crear conciencia en la población que estos hechos se pueden evitar si adoptamos mediadas a tiempo, evitando así la muerte de más mujeres a manos de sus cónyuges, convivientes o ex convivientes.
Se debe tener presente que en nuestro país en virtud de la Ley 20.480, se entiende que el femicidio es el asesinato de una mujer realizado por quien es o ha sido su esposo o conviviente. Este delito es la forma más extrema de violencia contra las mujeres y es una muestra de que en nuestras sociedades todavía se cree que los hombres tienen derecho a controlar la libertad y la vida de las mujeres.
En otras legislaciones se entiende por “femicidio” o “feminicidio“, el asesinato de una mujer solo por el hecho de ser mujer, sin que exista o sea necesario establecer una relación entre el autor del asesinato y la mujer, como ocurre en nuestro país. Esta es una mirada mucho más amplia sobre los femicidios, la cual se encuentra presente en acuerdos internacionales como es la convención Interamericana para prevenir, sancionar y erradicar la violencia contra la mujer, la cual se celebró en Belém do Pará, Brasil, el año 1994, siendo Chile parte, por lo que se ve como necesario mirar en dicho sentido en nuestra legislación para adecuar nuestra normativa a la internacional.
Por lo anterior, es necesario crear conciencia y que las mujeres sepan qué hacer si se enfrentan a situaciones de violencia intrafamiliar, las cuales se encuentran reguladas en la Ley 20.066, pudiendo los tribunales de justicia adoptar medidas para proteger a la víctima.
Si alguien es víctima de estos hechos puede dirigirse a los Tribunales de Familia, cuando los hechos de violencia no constituyan delito o al Ministerio Público cuando los hechos sean constitutivos del delito de maltrato habitual.
No obstante, es preciso enfatizar sobre la necesidad de que la Ley de Femicidio y la de Violencia Intrafamiliar sean modificadas en orden a que aborden todas las formas de violencia contra las mujeres, en los distintos espacios, y no sólo las que se dan en el contexto familiar.