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Atribuciones de Sernac y fallo del Tribunal Constitucional
Si bien se ha planteado que esta decisión afecta y perjudica a los consumidores, no es menos cierto que viene a fortalecer a la pequeña y mediana empresa, a las que la norma aprobada con el Congreso afectaba notablemente.
Lunes 29 de enero de 2018
Un Proyecto de ley tramitado por la Cámara de Diputados en octubre del año pasado, pretendía dotar al Servicio Nacional del Consumidor (Sernac) con nuevas y poderosas herramientas para fiscalizar y multar a empresas que cometan abusos hacia los consumidores, modificando la Ley Nº 19.496 sobre Protección de los Derechos de los Consumidores.
Así, el proyecto buscaba establecer herramientas disuasorias eficaces y entregar mayores atribuciones al Sernac, entre las cuales destacaban Facultades de Fiscalización, Sancionatorias, Interpretativas y Normativas. No obstante, tres meses después, el Tribunal Constitucional rechazó las facultades sancionatorias y normativas contenidas en el proyecto, por considerarlas inconstitucionales.
“El Sernac actuaría como juez y parte, por cuanto ejercería sus facultades fiscalizadoras (de naturaleza administrativa) para luego aplicar una sanción (de naturaleza jurisdiccional), con efectos que van más allá de una mera sanción administrativa, lo que contraviene, además, la exigencia de una investigación y un procedimiento racionales y justos“, señaló parte del fallo.
Cuando observamos los pormenores del fallo del TC, en que se rechazan las nuevas atribuciones del Sernac, en las que se le permitía sancionar a los proveedores por incumplimientos a la ley de protección de derechos del consumidor, los argumentos ya se habían planteado con anterioridad al momento de la aprobación de la ley, considerando las potestades que se le otorgaban al organismo afectaban directamente ciertas garantías constitucionales, como es la igualdad y el debido proceso.
Asimismo, si bien se ha planteado que esta decisión afecta y perjudica a los consumidores, no es menos cierto que viene a fortalecer a la pequeña y mediana empresa, a las que la norma aprobada con el Congreso afectaba notablemente, ya que los obligaba a contratar una asesoría jurídica que su presupuesto no permite, regularmente, costear.
De tal manera, es posible concluir que lo resuelto por el Tribunal Constitucional si bien es impopular es adecuado desde una perspectiva de justicia para quienes son denunciados de transgredir esta norma, defendiendo el principio del debido proceso al separar la investigación de las sanciones.