Farmacias populares: alcaldes discrepan respecto a su implementación

Se pensaba que con el dictamen de la Contraloría se disiparían las dudas en torno a la legalidad de las farmacias populares, pero eso no es así. Ediles tienen distintas interpretaciones del fallo. Mientras abogado experto en temas farmacéuticos, advierte riesgo de inconstitucionalidad en algunos casos ya en marcha.

Viernes 18 de marzo de 2016

Farmacias populares: alcaldes discrepan respecto a su implementación
escrito por María Graciela Opazo

La inequidad de nuestro país tiene muchos rostros. Uno de ellos es visible en el acceso a medicamentos de calidad y en forma oportuna. Según la Brújula Salud del Instituto de Políticas Públicas en Salud (IPSUSS) de la Universidad San Sebastián, una de cada tres personas que toman remedios no puede mantener su tratamiento y la mitad de ellos asegura que es por falta de recursos.

Este es un diagnóstico que se repite en otras mediciones y da cuenta de la necesidad de diversificar y ampliar el acceso a los medicamentos.

Por eso, la aparición de las farmacias populares marcó un antes y un después en este debate, surgiendo como una alternativa. Sin embargo, no ha estado exenta de polémica, principalmente respecto de la legalidad de esta medida. La Contraloría General de la República a través de su dictamen N°13.636 se pronunció sobre este tema argumentando que las municipalidades pueden ofertar medicamentos, pero a través de sus establecimientos de atención primaria de salud.

“En el marco de las acciones que ejecutan las farmacias pertenecientes a los establecimientos de atención primaria de salud municipal, existe habilitación legal para expender medicamentos con una finalidad de salud pública, como lo es la de facilitar a la población el acceso a dichos productos”, dice el fallo.

No obstante, el dictamen aún tiene distintas interpretaciones. Para el alcalde de Panguipulli, René Aravena, el fallo es muy claro, porque si bien permite las farmacias populares, no de dependencia directa del municipio, sino a través de sus centros de salud, por lo cual emplazó a sus “colegas” a leerlo con detención para evitar faltas y gastos extras de recursos que para la Atención Primaria de Salud escasean. Por eso, él instalará su farmacia dentro del mismo consultorio.

Su lectura es que no puede funcionar en ninguna otra parte que no sea el mismo consultorio. Algo en consonancia con lo señalado por la Ley de Fármacos de febrero de 2014, “los establecimientos asistenciales de la localidad estarán autorizados para suministrar al público productos farmacéuticos, alimentos de uso médico y elementos de curación y primeros auxilios”.

Para el abogado especialista en temas farmacéuticos, Manuel Aresti de Aresti abogados, el dictamen no significa necesariamente que esta farmacia popular se deba establecer en el mismo inmueble donde funciona el consultorio, aunque podría ser una opción. Sino más bien se refiere a que ésta debe depender de la Atención Primaria de Salud.

 “Si los municipios pretenden establecer una farmacia popular para expender medicamentos fuera de los consultorios, tiene que quedar muy claro que esta farmacia es perteneciente al establecimiento municipal de Atención Primaria de Salud (APS), no a la municipalidad, o sea dependiente de la Corporación de Salud Municipal. Es una diferencia sutil, pero el trasfondo es importante, porque si lo hace la municipalidad y no a través de un establecimiento de atención primaria de salud o de la corporación de salud municipal, está infringiendo una norma constitucional y eso es gravísimo, e infringiendo además el principio de juridicidad efectuando labores más allá de las permitidas en el marco constitucional”.

¿Qué dice la ley?

El artículo 19, número 21 de la Constitución, se refiere al “derecho a desarrollar cualquier actividad económica que no sea contraria a la moral, al orden público o a la seguridad nacional, respetando las normas legales que la regulen. El Estado y sus organismos podrán desarrollar actividades empresariales o participar en ellas, sólo si una ley de quórum calificado los autoriza. En tal caso, esas actividades estarán sometidas a la legislación común aplicable a los particulares, sin perjuicio de las excepciones que por motivos justificados establezca la ley, la que deberá ser, asimismo, de quórum calificado”.

Es por ello que para el abogado el ejercicio comercial que significa vender medicamentos no puede estar bajo la tutela del municipio, ni cualquier entidad que dependa de éste, sino que de una personalidad jurídica distinta, es decir, de las corporaciones municipales.

Esta “diferencia sutil” la advierte el edil de Pudahuel, Johnny Carrasco, quien  también está avanzando para inaugurar en abril su farmacia comunal “nosotros ya teníamos aprensiones que la farmacia no pudiera ser municipal, así que va a ser administrada por nuestra Corporación y mi ánimo es que vamos a partir con lo que podamos. Hay que iniciar un proceso de aprendizaje, pero mi intención es que esté abierta a todos los sectores sociales de la comuna, vale decir Lomas de lo Aguirre, Ciudad los Valles y la gente más humilde, porque la salud es un derecho universal, no de cuánto es tu sueldo mensual”.

No todas las farmacias populares dependen de la Corporación

Más de cien millones de pesos están invirtiendo en la municipalidad de la Cisterna para habilitar e inaugurar en abril, la farmacia comunal en un espacio del edificio consistorial.

Su alcalde, Santiago Rebolledo cuenta que “yo quiero ser muy claro. Los municipios tenemos farmacias de toda una vida, en cada uno de los Cesfam funcionan farmacias, lo que pasa es que estamos vendiendo los remedios que son de carácter más comercial y de marca, porque desde el punto de vista del GES (AUGE) estamos obligados a entregar gratuitamente los medicamentos a pacientes Fonasa, inscritos en consultorios. Estas farmacias municipales se refieren a remedios de carácter más comercial y de marca, y los beneficiados pueden ser todos, quienes se deben inscribir. Distinto es a los genéricos y bioequivalentes que compramos en Cenabast”.

Al consultarle por lo que ordena el organismo contralor responde que “vamos a hacerlo como lo dice Contraloría y como lo están haciendo el alcalde Jadue de Recoleta, el alcalde Prat de Huechuraba, alcalde Aguilera de San Ramón, como lo están haciendo todos los alcaldes del país. Tenemos que hacer cumplir el dictamen, que dependa de salud, todo, por lo tanto lo vamos a hace como lo dice Contraloría. Lo estamos haciendo como lo están haciendo todos los alcaldes del país, dependiendo del Departamento de Salud, como dice Contraloría”.

Sin embargo, tanto las farmacias populares inauguradas en San Ramón, como en Huechuraba dependerían del departamento de salud, que a su vez se encuentra dentro de la orgánica del municipio. Es más, no tienen corporaciones municipales (persona jurídica distinta) que administre la salud. En cuanto a Recoleta, una fuente señalaba que “están próximos a depender de salud” y otra “nosotros nos regimos por la ley 19.378 de Atención Primaria de Salud y no tenemos Corporación”. Una situación que según lo explicado por el Aresti, “eso es grave y arriesgarían desde sumarios hasta la clausura”.

El subsecretario de Salud, Jaime Burrows, decía en una actividad que "lo que dice la Contraloría es reafirmar que existe una facultad por parte de los municipios para dar esta prestación", a lo que se suman facultades para cobrar también por prestaciones que no son exigidas por el Minsal, como también que se delimita a la acción, en el sentido de que no se trata sólo de un beneficio social, sino también que los municipios deben velar porque esto esté dentro de un beneficio para la salud pública. Agrega que "lo más destacable de esto es que es una necesidad que tiene apoyo transversal de parte de los municipios, de todo el espectro político han hecho consultas y están trabajando para implementar iniciativas similares, porque la verdad es que es una necesidad transversal de la gente".

No cabe duda que es una necesidad de la gente y que las posibilidades de generar competencia en el mercado farmacéutico es positiva, pero hay que cuidar la legalidad y aprender de los errores de otros decía la alcaldesa de Renca, Vicky Barahona, quien aún no instalará una farmacia comunal “lo estoy pensando, porque creo que en estas cosas uno tiene que ser responsable. Voy a ver las experiencias, voy a observar, porque como buen médico, primero ante un cuadro clínico uno observa y ve cómo se va comportando, y a medida de cómo se comporta se sabe cuál es el tratamiento que se puede aplicar. Si se acelera uno puede equivocarse. Voy a observar y según eso coy a implementar, y si voy a implementar no tiene porqué ser idéntico, puedo innovar con lo que a mí me parezca mejor para los habitantes de Renca. Esto va a tener más de algún problema en el mediano a largo plazo. Así que quiero observar e implementar con medidas correctivas. Es decir, los errores de otros, yo los voy a tener corregidos. No por mucho madrugar amanece más temprano”.

 

 

 

 

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