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Transición constitucional: los temas de fondo
El tema central es la calidad de la constitución, extensa e intensa, pero no por ello representativa de lo que necesita Chile para las próximas décadas.
Lunes 30 de mayo de 2022
Tras el término de la redacción del texto de la nueva constitución se inició el trabajo de elaboración de las normas transitorias. Todo ello será plebiscitado el próximo 4 de septiembre, porque forma parte de un mismo proyecto político e ideológico, para organizar el poder y la sociedad en el Chile de las próximas décadas.
El tema es de la mayor importancia. Por una parte, el objetivo es fijar la forma como se irán implementando las normas de la carta fundamental, el reemplazo de las instituciones que serán derogadas y el amplio catálogo de transformaciones que contempla la propuesta de la Convención. Por otra parte, hay un deseo de ampliar el contenido de la carta en algunos aspectos, así como de matizar ciertos cambios o fijar limitaciones a las posibilidades de reformar el texto constitucional.
La implementación
Las normas transitorias, en principio, tienen sentido. Uno de los problemas de la Constitución de 1925 fue que se puso de inmediato en marcha, con elección de Presidente de la República y de Congreso Nacional. Sin embargo, al poco tiempo ya se advertían dificultades en la implementación, instituciones que no se lograron crear y una situación muy clara: la realidad había logrado superar la letra de la ley en muchos aspectos. Podemos decir que recién en 1932 –bajo el segundo gobierno de Arturo Alessandri– comenzó la aplicación real tanto de la Constitución como del régimen de gobierno que se extendería hasta 1973. En parte eso fue lo que tuvo en la cabeza el constituyente de 1980, cuando estableció un proceso de transición de ocho años, destinado a ir aplicando progresivamente la nueva carta fundamental, aunque es evidente que aquello también permitía proyectar la acción del propio gobierno por un tiempo más largo.
No obstante, subsisten algunos problemas en el caso actual. El primero se refiere a la cantidad de normas transitorias, que no responden necesariamente a la obligación de ordenar la vigencia de la constitución en caso que sea aprobada el próximo 4 de septiembre, sino más bien a la idea de adaptarse a ciertos criterios políticos o bien al objetivo de complementar y hacer menos gravosas las normas aprobadas en el texto definitivo o a responder a ciertas demandas de grupos específicos o la mantención de algunos privilegios. Así se percibe en los casos de límites a la reelección para algunos cargos, por ejemplo, para las autoridades que se encuentren en ejercicio.
Hay ciertas discusiones que no atacan el fondo de la cuestión, sino que se quedan en temas laterales o analizan supuestos fundamentos democráticos. Uno de ellos se refiere a la duración de los actuales senadores. ¿Cuándo deben dejar sus cargos? La respuesta es muy simple: en tanto deje de existir el Senado. Si ello ocurre de inmediato o en 2026 es otra cosa. Lo que no tiene sentido es que los miembros de la Cámara Alta –que expresamente fue suprimida por la Convención – permanezcan en sus cargos hasta el 2030, en el caso quienes fueron elegidos en 2021. La supuesta vulneración de la voluntad popular es solo aparente, por cuanto si cesaran en sus cargos de inmediato o en 2026 y así lo aprobara la mayoría nacional el 4 de septiembre, eso tendría también una ratificación democrática. Lo que carece de sentido es hacer “leguleyadas” y mantener cargos en instituciones que desaparecen. La otra alternativa está establecida expresamente: votar rechazo en el plebiscito de salida y mantener así la institución del Senado y otras que la Convención ha decidido terminar.
Los 2/3
En esa misma línea puede interpretarse la discusión sobre los “dos tercios”, como el quórum que debería exigirse al actual Congreso Nacional en caso de que quieran hacer reformas a la nueva constitución. La norma, de acuerdo a lo que desean sus defensores, tiene plena justificación, por cuanto la carta fundamental ha sido claramente mucho más que eso: es un verdadero programa político, representa una concepción ideológica y es una forma de consolidar la revolución de octubre de 2019 en el plano normativo. De esta manera se pueden entender con más precisión las declaraciones de algunos convencionales.
Frente a las acusaciones de intentar hacer trampa y de establecer quórums altos, que hasta hace poco criticaba como candados en la Constitución vigente (de 1980 o de 2005), Fernando Atria sostuvo: “No es una trampa, es un modo de proteger la Constitución de instituciones que no tienen razones para tener lealtad con ella”. En una línea similar, aunque más creativa en los términos, Jorge Baradit reivindicó que la Convención había sido un órgano muy representativo, y luego afirmó: “nos parece que es de toda democracia dejar que se exprese, que alcance a llorar esta guagua antes que le metan cuchillo”.
En ambos casos hay plena coherencia discursiva y práctica. No sabemos si han notado la baja en las encuestas tanto respecto de la confianza hacia la Convención como en el probable resultado en el plebiscito de salida. También es muy posible que no adhieran a la fórmula “la casa de todos” que algunos han adjudicado a la naturaleza y objetivo de una constitución. El momento histórico que vive el país es muy decisivo y quienes encabezaron la revolución de octubre y obtuvieron amplia mayoría en la Convención están a las puertas de obtener una victoria aplastante –no en términos de votos– que les permitirá cambiar radicalmente el orden jurídico y político de Chile. Por lo mismo, en palabras del líder comunista Guillermo Teillier, el próximo 4 se septiembre se librará “la batalla de las batallas”, un momento decisivo. Y para ello, tener candados que impidan volver atrás o cambiar el sentido de las cosas aparece como una opción necesaria que se debe cuidar.
Sin embargo, aquí todavía no hay cosa juzgada, sino un proceso en curso. Por lo mismo, la regla de los dos tercios ha encontrado resistencias en el socialismo democrático y en otros sectores. El problema de fondo no radica simplemente en la discusión sobre la eventual reforma de la nueva carta fundamental –cualquiera sea el quórum– sino en la necesidad de hacerlo desde un comienzo. El tema central es la calidad de la constitución, extensa e intensa, pero no por ello representativa de lo que necesita Chile para las próximas décadas. Quizá, por lo mismo, el proceso constituyente seguirá en curso: para reformar la carta en caso que se apruebe o para rechazar el texto de la refundación el próximo 4 de septiembre.
Columna publicada en El Líbero